Díaz planea emplear la tecnología para diseñar un sistema de algoritmos que permita detectar infracciones e imponer las consiguientes multas.
El decreto laboral aprobado este martes por el Consejo de Ministros habilita a la Inspección de Trabajo a emitir actas de infracción basadas en actuaciones automatizadas, «es decir, sin intervención directa de un funcionario actuante en su emisión y sin reducción de las garantías jurídicas de los administrados», recoge el texto.
De esta forma, el Ministerio de Trabajo dirigido por Yolanda Díaz amplía su cerco para evitar el fraude laboral automatizando las sanciones a empresarios y autónomos, que incluirá un aumento de las sanciones hasta ahora aplicadas. Planea emplear la tecnología para diseñar un sistema de algoritmos que permita detectar infracciones e imponer las consiguientes multas.
El borrador, al que aún se pueden presentar alegaciones, plantea que el sistema informático pueda sancionar de oficio, «regular un nuevo procedimiento sancionador promovido por actuación administrativa automatizada, sin intervención de funcionario, al menos en el trámite de inicio, con la extensión de acta de infracción, permitiéndose así la constatación y correspondiente reproche jurídico de un elevado volumen de incumplimientos», señala el decreto, ahora en fase de consulta pública, que apunta a esta nueva ley «como un medio de agilizar y simplificar».
Tecnología contra los defraudadores
El real decreto-ley explica en su introducción que el cambio permitirá «la adecuación del procedimiento administrativo sancionador en el orden social a las posibilidades que las nuevas tecnologías permiten». La ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, ya anunció al inicio de su mandato que pretendía avanzar en este sentido. «Utilizaremos mecanismos de ‘Big Data’ para reforzar el sistema de control y sancionador. Pongamos por una vez los algoritmos al servicio de los trabajadores de este país», afirmó.
El Gobierno modifica la LISOS (Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social) en cuanto a los datos que deben reflejar las actas de infracción de la Inspección de Trabajo. Hasta el momento, estas debían plasmar «los hechos constatados por el Inspector de Trabajo y Seguridad Social o Subinspector de Empleo y Seguridad Social actuante».
A partir de ahora, no será siempre necesaria la actuación de este personal funcionario, indican en Trabajo. Se añade en la LISOS que también se podrá reflejar, «en el caso de actas extendidas en el marco de actuaciones administrativas automatizadas, los hechos constitutivos de la infracción cometida».
Fraude en los ERTE o cobros indebidos de prestaciones
El propio sistema desarrollado por Trabajo será capaz de imponer sanciones después de cruzar diversos datos, con el objetivo de detectar incumplimientos como el cobro indebido de prestaciones o fraude en los ERTE. Así, el texto detalla que «existen incumplimientos de la legislación social que, por su elevado volumen, no pueden perseguirse de manera individualizada, siendo necesario acudir a técnicas de cruce de datos y de automatización de trámites administrativos para fiscalizar su cumplimiento. Es el caso, por ejemplo, de las altas a la Seguridad Social comunicadas fuera del plazo establecido».
Uno de los principales cometidos del nuevo sistema será la detección de incumplimiento del registro horario o la contratación de falsos autónomos; algo que estaría directamente relacionado con las nuevas fórmulas laborales que en muchos casos han optado por hacer contratos por obra y servicio como autónomo en lugar de dar lugar a un contrato, como los riders.
Una medida disuasoria
Una de las ideas principales de esta medida es la de dar carácter «disuasorio» a la inspección de trabajo, ayudado además al aumentar las cuantías de las sanciones. Así, apunta a que «la mayoría de las sanciones no han sido revisadas desde 2007, lo que genera una disminución de su capacidad disuasoria» y una caída del nivel recaudatorio de la Administración.
Trabajo aumentará hasta el 20% la cantidad de las sanciones. Así, si hasta ahora el mínimo de las multas -en los casos más leves- oscilaba entre 60 y 125 euros, ahora pasarían de 70 a 145 euros. En el caso de las muy graves, la multa máxima era de 100.006 euros a 187. 515 euros, algo que ahora se amplía casi un 20%, pasando a una horquilla de entre 119.906 y 224.830 euros.
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