05 May 2024

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Una sentencia obliga a una empresa a que readmita e indemnice a una camarera que se negó a trabajar en sujetador y bragas
DERECHOS Y LIBERTADES, DESTACADA

Una sentencia obliga a una empresa a que readmita e indemnice a una camarera que se negó a trabajar en sujetador y bragas 

Tendrá que reincorporarse al trabajo y recibirá una indemnización indemnización por daños morales por un monto de 6,251 euros

Un juez en Barcelona ha emitido una sentencia en favor de una camarera que fue despedida de su trabajo en un bar de la ciudad debido a su negativa de vestir con la poca ropa que le imponían los dueños del local. La sentencia, emitida por el Juzgado de lo Social número 4 de Barcelona, ordena la readmisión inmediata de la trabajadora y la indemnización por daños morales por un monto de 6,251 euros.

La camarera había sido contratada por un empresa de hostelería con un contrato temporal en febrero de 2020 y trabajaba en un bar llamado «Dollhouse» en Barcelona. La empresa había impuesto un código de vestimenta que requería que la camarera vistiera con la menor cantidad de ropa posible, específicamente, un sujetador, bragas y medias.

Sin embargo, la camarera se sentía incómoda con esta vestimenta y, después de haber experimentado una situación embarazosa con un cliente cuando usó la ropa impuesta, comenzó a usar vestidos o tejanos. Ante esto, la empresa le llamó la atención y le advirtió de que debía vestir con la ropa impuesta, pero ella se negó.

Como resultado, la empresa la amonestó por escrito y la obligó a tomar vacaciones antes de notificarle la rescisión de su contrato en octubre de 2021. La camarera recurrió a los tribunales y el juez le dio la razón, considerando el despido como improcedente y la obligación de vestir con poca ropa como una vulneración de sus derechos al honor y la intimidad personal.

El juez también consideró que los daños morales sufridos por la camarera fueron plenamente acreditados y por lo tanto, acordó la indemnización por daños morales por un monto de 6,251 euros. Además, se declaró la nulidad del despido y se condenó a la empresa a readmitir a la camarera inmediatamente y sin imponer la vestimenta previamente impuesta.

La empresa también fue condenada a pagar 1,613 euros más el 10% de intereses en concepto de salarios pendientes y liquidación de vacaciones. En resumen, la sentencia reconoce los derechos fundamentales de la trabajadora y establece un precedente en la protección de los derechos laborales y personales de los trabajadores.