La Fiscalía del Tribunal Supremo considera que el exdiputado de Unidas Podemos Alberto Rodríguez sólo debe ser inhabilitado “el tiempo de un mes y quince días”.
La Fiscalía del Tribunal Supremo considera que el exdiputado de Unidas Podemos Alberto Rodríguez sólo debe ser inhabilitado “el tiempo de un mes y quince días”. Una inhabilitación que consiste, subraya además el Ministerio Público, en el ejercicio del sufragio pasivo, es decir, en presentarse a elecciones.
Según el informe de la fiscal Isabel Rodríguez, al que ha tenido acceso Europa Press, la pena accesoria de inhabilitación especial para el derecho a sufragio pasivo se fija según el artículo 44 del Código Penal, que dice que priva al penado durante el tiempo de la condena del derecho a ser elegido. “Esto significa en términos de ejecución de condena el tribunal (…) efectuará una liquidación de condena señalando como día de inicio el que le facilite el órgano correspondiente del Congreso de los Diputados. Liquidación que se comunicará a dicho Congreso y que significa única y exclusivamente que durante el tiempo de un mes y quince días que se fije (…) el señor Rodríguez no podrá presentarse a cargos públicos. Ni más, ni menos”, remarca.
De este modo, cualquier otra condena “excede el régimen competencial de los tribunales penales y las decisiones que se adopten deben ser impugnadas a través de la vía jurisdiccional correspondiente, que “en ningún caso es la penal”.
El escrito del Ministerio Público informa a la Sala de lo Penal del Supremo sobre la petición del exdiputado de que se suspendiera la ejecución de la sentencia de forma provisional, algo a lo que la fiscal dice que no puede dar satisfacción porque esa solicitud debe hacerse por medio de la figura legal del recurso de nulidad, que viene regulado por el artículo 241 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ), y por tanto se remite a tal precepto.
“Nada ni nadie ha impedido a tal representación procesal articularlo —el recurso— conociendo como suponemos que se conoce que las sentencias dictadas por la Sala Segunda del Tribunal Supremo en única instancia no tienen previsto recurso ordinario”, añade la fiscal.
Sobre la petición que hacía la defensa de Rodríguez al Supremo para que instara a Batet a que ejecutara la pena según establece la sentencia, la Fiscalía dice que esa petición “excede” las atribuciones del Supremo según la legislación vigente.
A raíz de este informe de la fiscal, el exdiputado ha enviado un escrito a la Junta Electoral Central (JEC) en el que le reclama a su presidente que emita un certificado que aclare las fechas de cumplimiento de la pena que le impuso el Supremo de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo.
Carlos Mato de IU ha resumido la situación: “La Fiscalía del Supremo dice que Alberto Rodríguez solo estaba condenado a ser inhabilitado 45 días y en lo referente a presentarse a elecciones. Es decir, que la presidenta del Congreso ha vulnerado sus derechos y por extensión, los de todas las personas que le eligieron”.
La dimisión de Batet
Pese a que no se plantea ni se vislumbra a corto plazo, en redes sociales se ha reclamado la dimisión de Meritxell Batet, quien llevó a cabo la expulsión de Alberto Rodríguez del hemiciclo:
La posición de Unidas Podemos
Desde la expulsión de Alberto Rodríguez desde las distintas posiciones del prisma político se han posicionado al respecto.
Uno de los más fervientes defensores de Alberto Rodríguez en el seno de Unidas Podemos fue el presidente del Grupo Parlamentario de Unidas Podemos, Jaume Asens, quien aprovechó su primera intervención en el Pleno de Presupuestos del Congreso para homenajear al exdiputado de Unidas Podemos, Alberto Rodríguez, del que ha ensalzado su “dignidad”. Y ha destacado que Rodríguez, tras ser despojado de su escaño, ha vuelto a ser “obrero industrial” y no ha fichado por “Iberdrola ni Gas Natural”.
La vicepresidenta segunda del Gobierno y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, también deseaba “la mejor de las suertes” al ya exdiputado de Unidas Podemos Alberto Rodríguez, para defender su escaño ante la “injusticia” de que la presidenta del Congreso, Meritxell Batet, decidiese retirárselo después de que el Tribunal Supremo le condenase a una pena que acarreaba inhabilitación.
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