11 Oct 2024

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El Hormiguero: multa de 348.000 euros por la publicidad encubierta que hicieron Pablo Motos y Maluma
DERECHOS Y LIBERTADES, DESTACADA

El Hormiguero: multa de 348.000 euros por la publicidad encubierta que hicieron Pablo Motos y Maluma 

Las irregularidades se produjeron durante un programa emitido en junio de 2023. Atresmedia ha asumido la sanción de 579.374 euros impuesta por la CNMC, por lo que su cuantía se ha visto minorada en un 40%.

Tras la denuncia de FACUA-Consumidores en Acción, Atresmedia ha tenido que asumir el pago de una multa de 347.624 impuesta por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) por la publicidad encubierta de un mezcal realizada por Pablo Motos y Maluma en El Hormiguero.

Los hechos ocurrieron el 26 de junio de 2023, cuando durante la emisión del programa en el que estaba invitado el cantante colombiano. Al inicio de la entrevista con Pablo Motos, el artista invitó al presentador a probar su nueva bebida: un mezcal llamado Contraluz, de cuya empresa es socio y que apareció durante varios minutos en primer plano en pantalla sobre la mesa del programa mientras hablaban de ella.

Así, ambos aparecieron ingiriendo esta bebida alcohólica, con un 36% de graduación, en un programa de entretenimiento que emite Antena 3 en horario de prime time. En la entrevista, incluso se llegaron a hacer alusiones positivas hacia la bebida. “Te has puesto más fuerte que tu mezcal“, dijo Motos, a lo que Maluma contestó: “¿Sí? Bueno, entonces está fuerte“.

Para más inri, el propio Motos era conocedor de estar quebrantando la normativa, ya que llegó a decir en un momento de la entrevista: “le voy a dar la vuelta [a la botella para que no se vea la etiqueta] que si no nos van a reñir“.

Ahora, tras analizar los hechos expuestos en la denuncia de FACUA, la CNMC ha constatado que esta emisión vulneró el artículo 122.3 de la Ley General de la Comunicación Audiovisual, que prohíbe la publicidad encubierta. En su resolución, también señala que ha existido una infracción del artículo 123.4 de la citada normativa, que regula la publicidad que fomenta comportamientos nocivos para la salud y prohíbe “la comunicación comercial audiovisual de bebidas alcohólicas con un nivel superior a veinte grados, excepto cuando sea emitida entre la 1:00 y las 5:00 horas“.

Por estas dos infracciones, Competencia ha resuelto sancionar a Atresmedia con un total 579.374 euros, cantidad que se ha visto reducida en un 40% por el “reconocimiento expreso de la responsabilidad” y el “pago anticipado de la sanción“.

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