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Dos años de investigación sin pruebas y una acusación que se sostiene más en conjeturas que en hechos
Dos años. Ese es el tiempo que ha necesitado el juez Juan Carlos Peinado para cerrar la investigación contra Begoña Gómez. Dos años de diligencias, registros, informes, rastreos patrimoniales. Y el resultado es incómodo: una propuesta de juicio por cuatro delitos sin que haya aparecido una sola prueba directa de apropiación indebida.
No es un detalle menor. Es el núcleo del problema. Porque el propio auto reconoce algo difícil de esquivar: no hay rastro del dinero en cuentas personales, no hay ingresos opacos, no hay enriquecimiento acreditado. Aun así, el juez sostiene que existió una apropiación para el “patrimonio personal”. Sin pruebas materiales. Sin rastro documental. Sin movimiento bancario que lo respalde.
Ese salto —de la ausencia de indicios a la afirmación de culpabilidad— es, probablemente, el mayor error de todo el procedimiento.
Una investigación exhaustiva… sin resultados
El caso arranca tras una denuncia del pseudosindicato Manos Limpias. A partir de ahí, el juzgado despliega todos los mecanismos posibles. Se analizan cuentas, se fiscalizan ingresos, se investiga incluso la supuesta existencia de fondos ocultos en el extranjero. Nada. Literalmente nada relevante aparece.
Los datos conocidos son, de hecho, bastante claros. Begoña Gómez tenía un saldo total de 21.000 euros repartidos en siete cuentas del BBVA. Sus ingresos en la Universidad Complutense tampoco apuntan a ningún enriquecimiento: un máximo de 15.000 euros anuales por impartir dos másteres. En total, 40.000 euros en más de una década, de los cuales 8.123 euros corresponden a antes de 2018.
No encaja con la narrativa de grandes negocios. No encaja con la idea de desvío de fondos. Y, sin embargo, la acusación sigue adelante.
La Fiscalía ha sido clara en varias ocasiones: no se han detectado “pagos sospechosos”. Tampoco se ha acreditado que las donaciones de empresas patrocinadoras —como Reale Seguros (60.000 euros), Fundación La Caixa (15.000 euros anuales), Indra (128.442 euros), Google (110.000 euros) o Telefónica (50.000 euros)— hayan acabado fuera de las cuentas de la Universidad Complutense.
Ese punto es clave. Todo el dinero fue a la universidad. No a ella.
La teoría sin pruebas
A falta de pruebas directas, el auto se apoya en una construcción basada en indicios. O más bien en interpretaciones. El juez sostiene que la cátedra pudo ser una “fachada” para canalizar beneficios privados. Pero no hay evidencia de contraprestaciones. No hay adjudicaciones irregulares probadas vinculadas a esos patrocinios.
Se insiste también en la creación, en 2023, de una sociedad con el mismo nombre que la cátedra. El problema es que esa sociedad nunca tuvo actividad real. No presentó cuentas, no registró bienes, no operó. Un cascarón vacío. Aun así, se convierte en uno de los pilares de la acusación.
Algo similar ocurre con el supuesto intento de apropiación del software desarrollado en el marco de la cátedra. Hubo contactos con la OTRI de la Complutense. Se estudió registrar el programa. El proceso no se completó. La titularidad nunca cambió. No hay apropiación efectiva. Pero el juez interpreta el intento fallido como indicio de delito.
Es una lógica arriesgada. Porque convierte intenciones no probadas en hechos jurídicos.
El peso de una carta
Otro de los elementos clave del auto es una carta firmada en julio de 2020 en apoyo a una UTE vinculada al empresario Juan Carlos Barrabés. El juez la presenta como prueba de una posible relación de reciprocidad. Pero hay un matiz importante: era una carta estándar. Igual que otras 32 firmadas por distintas personas, incluida la directora de la Agencia de Empleo del Ayuntamiento de Madrid.
No era una recomendación exclusiva. No implicaba trato de favor. Era, básicamente, una declaración de colaboración académica.
Además, las licitaciones relacionadas con ese caso ya están siendo investigadas por la Fiscalía Europea. Un informe de la IGAE sí detectó irregularidades en la adjudicación a Barrabés, pero Begoña Gómez ni siquiera figura como investigada en esa causa. Solo como testigo.
Aun así, el auto vuelve sobre esos hechos para reforzar su tesis.
El contexto que rodea al juez
El caso no se desarrolla en el vacío. La actuación de Peinado ha estado rodeada de polémica desde el principio. No solo por el contenido de la investigación, sino por su forma. El Consejo General del Poder Judicial ha abierto diligencias por la posible filtración de información del caso a medios afines, tal y como recoge la investigación sobre las filtraciones a Okdiario.
No es un asunto menor. Porque afecta a la credibilidad del procedimiento. Y porque introduce un elemento político en un proceso que debería ser estrictamente judicial.
Al mismo tiempo, el propio itinerario del caso ha reabierto debates sobre mecanismos poco habituales dentro del sistema judicial, como el llamado “tercer turno”, cuya utilización y consecuencias se analizan en profundidad en el análisis sobre el atajo judicial que el sistema terminó enterrando.
Todo esto configura un escenario complejo. No solo se juzgan unos hechos. También se pone bajo foco la forma en que se ha construido la acusación.
Un procedimiento abierto… y cuestionado
El auto es recurrible ante la Audiencia Provincial de Madrid. Hay recursos pendientes. Y aun así, el procedimiento sigue su curso. El juez ha dado cinco días a las partes para presentar sus escritos de calificación.
El caso entra ahora en una fase decisiva. Pero lo hace con una debilidad evidente: la falta de pruebas directas tras dos años completos de investigación.
Y ahí está el problema. Porque cuando un proceso judicial se sostiene más en interpretaciones que en hechos verificables, deja de ser solo un caso concreto. Se convierte en algo más incómodo. Más profundo.
En una pregunta abierta sobre los límites entre investigar y construir un relato.
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