El trabajador tendría derecho a recibir una indemnización por despido improcedente correspondiente a 33 días por año trabajado (45 días si el contrato es previo a 2012).
Un trabajador tiene derecho a recibir su salario en el plazo y forma convenidos en el contrato laboral, pero, ¿qué sucede si su empleador incumple reiteradamente esta obligación? En una sentencia del Tribunal Supremo fechada el 10 de enero, se establece que el retraso reiterado en el pago de las nóminas puede conllevar la extinción del contrato de trabajo y el pago de una indemnización por despido improcedente.
La sentencia se refiere a un caso en el que un empleado de la empresa Ventas y Servicios Técnicos de Centro, que había percibido su salario con un retraso medio de 10,5 días entre abril de 2019 y marzo de 2020, decidió poner fin a su contrato laboral. El Tribunal Superior de Justicia de Madrid desestimó su demanda, alegando que el retraso no era excesivo ni imprevisible, y que la empresa justificó su situación económica y el incumplimiento de su obligación salarial.
Sin embargo, el Tribunal Supremo considera que el empleador no tiene la facultad unilateral de condicionar el abono puntual del salario y que la reiteración de los retrasos puede justificar la resolución indemnizada del contrato de trabajo. De esta manera, el trabajador tendría derecho a recibir una indemnización por despido improcedente correspondiente a 33 días por año trabajado (45 días si el contrato es previo a 2012).
Esta sentencia del Tribunal Supremo aclara una cuestión importante en materia laboral, y es que el retraso reiterado en el pago de las nóminas puede ser causa de resolución indemnizada del contrato de trabajo, sin necesidad de que el empleador haya procedido al despido. Además, la sentencia establece que el trabajador no está obligado a asumir ni a adaptarse al retraso en el pago del salario, aunque sea previsible, y que la empresa no puede justificar su incumplimiento salarial por sus propias dificultades económicas.
En conclusión, la sentencia del Tribunal Supremo deja claro que el salario es un derecho irrenunciable del trabajador, y que su incumplimiento reiterado puede tener graves consecuencias para el empleador. Los trabajadores deben estar informados de sus derechos en materia salarial y, en caso de incumplimiento, buscar asesoramiento legal para tomar las medidas necesarias.
Related posts
Mazón sigue sin dar la cara: seis incógnitas que desmontan su coartada en la tragedia de València
Seis meses después de la riada que dejó 228 muertes, el president no ha aclarado dónde estuvo durante las horas clave de la catástrofe.
Cuándo el cero absoluto no fue una metáfora
Cuando las redes caen, la vulnerabilidad sistémica del modelo energético queda al desnudo.
Trump vuelve a perder: victoria de los liberales sobre los conservadores en Canadá
La amenaza de convertir Canadá en el «51º Estado» desata una ola de dignidad
Vídeo | DE RESIGNIFICAR NADA 🧼 PSOEizando, que es gerundio. Marina Lobo y Esther López Barceló
La “resignificación” del Valle de los Caídos que vende Moncloa es un eufemismo para disfrazar la continuidad del relato franquista.