30 Jun 2025

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Peinado y el atajo judicial que el sistema enterró: anatomía del “tercer turno”
DESTACADA, POLÍTICA ESTATAL

Peinado y el atajo judicial que el sistema enterró: anatomía del “tercer turno” 

Un privilegio institucionalizado que abrió las puertas del poder judicial a figuras de confianza del régimen sin pasar por la oposición

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UNA VÍA DE ACCESO EXCEPCIONAL AL CORAZÓN DEL PODER

Juan Carlos Peinado no llegó a juez por oposición, sino por invitación. En 1994, accedió a la carrera judicial gracias al llamado tercer turno, una vía paralela al turno libre que desapareció en 2003, y que permitía acceder a una plaza de juez sin pasar por el largo y brutal proceso de oposición que afrontan las nuevas generaciones. El mecanismo, previsto en el artículo 301 de la Ley Orgánica del Poder Judicial antes de su reforma, reservaba una parte de las plazas a juristas de reconocida competencia, una fórmula tan ambigua como maleable. Así fue como Peinado se convirtió en juez, y más tarde en magistrado, sin necesidad de enfrentarse a la misma criba que padecen hoy cientos de aspirantes encerrados años en academias de oposiciones.

No fue una anomalía, fue una estructura pensada para introducir perfiles “fiables” en el aparato judicial. La reforma de 1994 redujo el porcentaje de plazas reservadas para esta vía del 33% al 25%, pero no la eliminó. Y no fue hasta 2003, tras numerosos escándalos y críticas por su opacidad, cuando se suprimió definitivamente.

Peinado, el mismo magistrado que hoy investiga a Begoña Gómez, esposa del presidente del Gobierno, forma parte de esa generación de togados que entraron por la puerta lateral del sistema judicial, sin el mismo control, sin la misma exigencia, pero con el mismo poder. Su primer destino fue Arenas de San Pedro, y más tarde ascendió por antigüedad en Talavera de la Reina. Nadie cuestionó su promoción. Nadie lo hizo entonces, cuando la meritocracia era una ficción que se aplicaba solo a las y los de abajo.

EL TERCER TURNO, O EL MITO DEL MÉRITO FLEXIBLE

El tercer turno no era una excepción, era un diseño institucional para seleccionar a dedo a los jueces de confianza del sistema, con un barniz técnico y una coartada meritocrática. No había oposición abierta, sino un concurso de méritos cuya valoración quedaba en manos del Consejo General del Poder Judicial, que podía filtrar y escoger a quienes consideraba idóneos para ejercer la judicatura. Es decir: abogados afines, docentes bien conectados, inspectores del sistema, profesionales con más de seis años de ejercicio que, convenientemente elegidos, accedían a un curso puente en el Centro de Estudios Judiciales y salían de allí con una toga puesta.

Era el turno de los leales, no el de las y los mejores.

El portavoz de Juezas y Jueces para la Democracia, Edmundo Rodríguez, ha confirmado que por esta vía accedían profesionales con experiencia —sí—, pero también con respaldo político, corporativo o institucional. Era una manera de garantizar que la judicatura no fuera solo una casta endogámica de opositores, sino también un espacio para colocar perfiles afines que no tuvieran que batirse el cobre en las trincheras del examen memorístico.

Ese acceso directo sin oposición, cuya legitimidad siempre fue discutida, permitía también una ascensión sin obstáculos dentro de la carrera judicial. Quien accedía como juez por esta vía podía llegar a magistrado sin ningún límite más que el tiempo. Es decir, con la antigüedad como trampolín y la falta de examen como norma. Una maquinaria perfecta para infiltrar poder desde dentro, sin ruidos ni objeciones.

Y mientras el cuarto turno —todavía vigente— se mantiene como fórmula para entrar directamente como magistrado, exige más de diez años de experiencia y una carrera sólida. La diferencia es clara: el cuarto turno exige, el tercero seleccionaba. Y desapareció por algo.

El quinto turno, reservado para el acceso al Tribunal Supremo, y el llamado “turno autonómico” para los Tribunales Superiores de Justicia, siguen existiendo como mecanismos de excepción. Pero con más control, más requisitos, más trazabilidad. Lo que tuvo el tercer turno fue impunidad estructural, disfrazada de concurso técnico.

La historia de Juan Carlos Peinado no es una anécdota. Es el síntoma de una arquitectura judicial pensada para blindar el poder desde dentro, desde arriba, desde siempre. El poder judicial español no fue diseñado para ser neutral. Fue diseñado para ser impermeable a las transformaciones sociales, resistente a las presiones democráticas, y funcional a los intereses de quienes lo controlan desde los despachos, no desde las calles.

Suprimir el tercer turno no reformó la justicia. Solo escondió mejor sus mecanismos de cooptación.

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