«Me identifiqué como periodista al agente antidisturbios. Él me miró y sacó la porra», relata el periodista agredido.
La Audiencia de Barcelona ha condenado a dos años de prisión y dos de inhabilitación a un agente de los Mossos por la agresión al periodista de La Directa Jesús Rodríguez en el 2016. El Mosso tendrá que pagar además las costas procesales incluidas las de la acusación particular. También se condena por responsabilidad civil a abonar a la víctima, un periodista de La Directa, un total de 7.265 euros.
El tribunal considera el agente culpable de un delito de lesiones con uso de instrumento peligroso, con el agravante de ostentar un cargo público, pero descarta condenar el funcionario por un delito contra los derechos individuales.
La acusación particular y popular, que la ejercía el centro Iridia, pedía una pena de cinco años de prisión y de inhabilitación por un delito de lesiones agravado por el uso de instrumento peligroso. Por otra parte, la fiscalía pedía dos años y nueve meses de prisión e inhabilitación por un delito de lesiones.
En declaraciones a El món a Rac1, el periodista dijo que la agresión “fue con toda la voluntad de hacer daño e impedir que estuviera informando”. Rodríguez relató que “me identifiqué como periodista al agente antidisturbios que tenía a mi lado. Él me miró, y estoy convencido de que cuando me identificó fue cuando sacó la porra y me dio dos veces, una en la mano y el otro en el muslo”.

El relato de la agresión
Tras una noche de protestas por el desalojo del Banc Expropiat, explica el fallo, Rodríguez y otros informadores se acercaron a grabar cómo una mujer de avanzada edad recriminaba su actuación a una línea de antidisturbios.
El agente condenado se dirigió al periodista, que pese a que en aquel momento no iba identificado gritó “prensa, prensa” y levantó las manos. “Sin que conste si el acusado le oyó –agregan los togados– le dio un golpe con la defensa [la porra] en la pierna derecha”.
Tras el primer golpe el periodista escapó, y el antidisturbios le siguió solo, sin ningún otro agente de la línea policial, para dirigirse “directamente” al informador y propinarle un segundo porrazo, esta vez en la mano. Destaca la sentencia que la situación no era violenta y que ni el periodista ni las pocas personas que le rodeaban estaban realizando “ningún acto hostil, ni violento, ni agresivo”.
35 páginas de defensa
Se desmonta de esta forma la brutal estrategia de defensa elaborada para el agente en 35 páginas, que consistía en intentar demostrar que dos de los vídeos grabados aportados a la causa y grabados desde ángulos diferentes que se ha demostrado que no eran del mismo momento.
En cambio, los jueces afirman que los siete periodistas que testificaron durante el juicio a petición de las acusación “declararon de forma creíble y convincente, sin poner ni quitar nada distinto de lo que vieron y escucharon”.
El tribunal remarca que en el lugar y momento “concreto” en que el mosso aporreó la mano del periodista no había incidentes, por lo que no había “necesidad racional de intervenir”. “La acción fue gratuita y por ende innecesaria”, apostilla la sentencia.
“No se trata de que la actuación del agente no fuera proporcional, se trata de que no estaba justificado que utilizara su defensa”, abunda la sentencia, que tilda de “actuación injustificada” el porrazo del agente.
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