Hasta ahora, cuando se embargaba una vivienda, si los animales estaban dentro, se podían embargar. Ocurría lo mismo con los desahucios.
Con una inminente reforma del Código Civil, los animales de compañía dejarán de ser «bienes muebles que se mueven» para convertirse en «seres que sienten». Hasta ahora, cuando se embargaba una vivienda, si los animales estaban dentro, se podían embargar. Lo mismo ocurría con los desahucios.
Sin embargo, ahora está por encima de todo eso el interés del animal y el bienestar de todos los animales de compañía, es decir, todos los que estén bajo el cuidado del ser humano.
Custodias compartidas de mascotas
Aunque ya todos conocemos las custodias compartidas de los hijos en caso de separación o divorcio, con la inminente reforma del Código Civil serán cada vez más los que acudan a juicio para recuperar la custodia de sus mascotas.
Esta reforma se debe a que en España hay más hogares habitados por mascotas que por niños. Solo en la capital hay registrados más de 396 mil perros y gatos frente a los 318 mil menores de 10 años. No paran de crecer las adquisiciones de mascotas y de hecho han experimentado un repunte a raíz de la pandemia.



RTVE ha recogido el caso de Luisa que adoptó a su perra junto a su pareja y, tras separarse, lleva más de un año y medio sin ver a su perra por lo que decidió acudir a un abogado. La perra estaba a nombre de su expareja, pero tras demostrar con todo tipo de pruebas que también era suya, logró ganar la custodia compartida. Sin embargo, su pareja se negaba a darle a la perra y no fue hasta que puso una orden judicial y con la policía de por medio hasta que pudo disfrutar de su animal al 100%, un trámite que le supuso un desembolso de alrededor de 2.000 euros.
Ahora, con el cambio en la legislación, en casos de este tipo se tendrá en cuenta quién lo ha cuidado, quién ha estado pendiente de él, con quién ha pasado más horas de convivencia… al igual que con los niños. En el caso de separación o divorcio, si no hay acuerdo, en los tribunales podrán decidir quién se queda con la mascota atendiendo a su bienestar.
Entrada de mascotas en establecimientos
En España, excepto en Aragón, la normativa permite a bares y restaurantes decidir libremente sobre la entrada de mascotas en los locales aunque la mayoría lo prohíben. En la UE está prohibida la entrada de animales en tiendas donde vendan alimentos, como los supermercados. Pero, por ejemplo, en Italia ya hay varios supermercados y cadenas preparadas con carritos habilitados para poner a tu mascota y así facilitar la compra.
En el caso del transporte público de autobuses, depende de la ciudad. En Madrid está prohibido subir mascotas salvo que vayan en un trasportín, mientras 7 ciudades entre las que se encuentran Palma, Ourense y San Sebastián lo permiten siempre que vayan con bozal y atados.
En cuanto al Metro, en Madrid sí está permitido que suban los animales atados, con bozal y en el último vagón del convoy, sin embargo, en ciudades como Valencia o Sevilla no.
Además, en España, es cada vez es más habitual encontrarse a mascotas en museos, castillos, salas de exposiciones y salas de ocio cultural.
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