La Sala de lo Penal responde así a un recurso elevado por su defensa que solicitaba que saliera de la cárcel por la pandemia
La Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha vuelto a acordar este viernes mantener en prisión al comisario jubilado José Manuel Villarejo por la causa ‘Tándem’ debido al elevado riesgo de fuga existente. Señala que la pandemia no puede suponer un cambio de su situación, máxime cuando se han adoptado medidas concretas en la cárcel de Estremera, donde está siendo “absolutamente atendido y tratado” de sus dolencias físicas y está sometido a control médico permanente.
En el auto, ponencia de Ana María Rubio Encinas, los magistrados de la Sección Tercera de la Sala de lo Penal desestiman así el recurso de apelación presentado por la defensa de Villarejo en septiembre en el marco de las piezas separadas 2 (pieza Iron) y 6 (pieza Pintor) de este procedimiento contra la decisión del titular del Juzgado Central de Instrucción 6, Manuel García-Castellón, de mantenerle en la cárcel.
La defensa de Villarejo solicitaba la modificación de su situación de prisión por la de libertad provisional con diferentes medidas cautelares o con la instalación de un mecanismo de control telemático para su localización permanente en su domicilio de Boadilla del Monte.
Pero la Sala respalda el auto de julio del instructor, y apunta que “está motivado y resuelve todas las cuestiones planteadas”. “Sostiene el apelante que los razonamientos son imprecisos, excesivamente abiertos y no están actualizados, pero no es así”, indican los magistrados ahora.
Y añaden que el riesgo de fuga “se ve incrementado ahora por las elevadísimas penas que interesan las acusaciones, que superan los cincuenta años de prisión y la proximidad de la celebración del juicio”. “Sobre este riesgo de fuga habíamos razonado en numerosas resoluciones anteriores, aludiendo al acceso del apelante a documentos de identidad falsos que le facilitarían la huida de la justicia española en caso de querer hacerlo y las conexiones personales e intereses económicos en otros países donde podría refugiarse”, indican.
LA PANDEMIA Y EL DERECHO A LA VIDA DE VILLAREJO
El auto explica también que la situación de prisión provisional del apelante, lleva en la cárcel desde noviembre de 2017, tampoco vulnera su derecho a la vida, respeta a su dignidad personal e integridad física y moral y protege su salud en la situación actual de pandemia por COVID-19.
Al hilo, los magistrados recuerdan que la pandemia por coronavirus afecta a todos los ciudadanos y que se ha dictado una orden en relación con medidas en el ámbito de Instituciones Penitenciarias al amparo del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de crisis sanitaria ocasionada por la Covid-19.
Y añade que además de medidas generales para todos los internos, se han adoptado medidas concretas en relación con Villarejo en el Centro Penitenciario de Estremera, tal y como se recoge en los informes del servicio sanitario de dicho centro a petición del Juzgado de Instrucción 6.
En ellos se señala que el estado de Villarejo es bueno, que dispone de una celda individual de 12 metros cuadrados donde puede realizar su ejercicios de rehabilitación, que en el centro penitenciario se observan todos los protocolos sanitarios establecidos por las autoridades ante la pandemia y que cualquier circunstancia relevante acerca de la situación del apelante será comunicada al juzgado.
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