El tribunal tumba el artículo que impedía a las asociaciones personarse en defensa de las víctimas de delitos de odio
El Tribunal Constitucional ha frenado uno de los mayores retrocesos normativos en materia de derechos LGTBI en la Comunidad de Madrid. El pleno del alto tribunal ha anulado el artículo de la ley autonómica promovida por Isabel Díaz Ayuso que restringía la capacidad de acción de las asociaciones del colectivo. La norma impedía a estas organizaciones personarse en procedimientos judiciales o sancionadores, incluso si contaban con el consentimiento explícito de la víctima. Una maniobra calculada para desarmar legalmente a quienes defienden a las víctimas de delitos de odio.
La sentencia, aprobada con una amplia mayoría y solo un voto en contra, da la razón al Gobierno central, que había presentado un recurso alegando invasión de competencias estatales. Se trata de un artículo que dejaba fuera del sistema judicial a las entidades que históricamente han protegido a quienes son agredidas, discriminadas o amenazadas por su orientación sexual o identidad de género.
La ley había sido suspendida de forma cautelar desde julio de 2024. Aquel movimiento fue la antesala del fallo definitivo que ahora certifica el uso institucional del poder autonómico para cercenar derechos conquistados con décadas de lucha. La Comunidad de Madrid, lejos de rectificar, introdujo leves modificaciones para tratar de esquivar el recurso, sin alterar el fondo de la norma.
El objetivo era claro: desactivar políticamente a las asociaciones que denuncian agresiones, discriminaciones y acoso. Dejar a las víctimas solas, sin acompañamiento legal, ni cobertura colectiva. Una estrategia diseñada para desalentar la denuncia y consolidar la impunidad.
AYUSO Y LA GUERRA CONTRA EL COLECTIVO
El artículo anulado formaba parte de las reformas impulsadas por el Gobierno de Ayuso en las leyes LGTBI y Trans autonómicas. Una ofensiva ideológica con sello ultraconservador que colocó a Madrid en la vanguardia del retroceso normativo en derechos civiles. La presidenta madrileña, en plena sintonía con la derecha más reaccionaria del Estado, trató de transformar derechos en privilegios revocables, y a las asociaciones en meros espectadores sin voz.
Como denunció en su momento la ministra de Igualdad, Ana Redondo, las modificaciones suponían una intromisión intolerable en competencias estatales y un ataque directo a la arquitectura legal que garantiza el principio de igualdad. Su recurso ha resultado clave para que el Constitucional acabe anulando el artículo por violar el marco competencial.
Miguel Ángel García Martín, portavoz del Gobierno madrileño, ha intentado maquillar la derrota asegurando que «el resto de la reforma queda intacta». Pero esa defensa es un insulto a la inteligencia. Porque lo que queda intacto no es más que una legislación de trinchera, redactada para proteger a los agresores y neutralizar a las organizaciones que acompañan a las víctimas.
El artículo afectaba directamente al derecho a ser representado por una entidad en procesos donde se investigan delitos de odio o sanciones administrativas por discriminación. Hasta su suspensión, Madrid era la única comunidad donde una organización LGTBI no podía ejercer esa representación legal, incluso cuando la víctima así lo solicitaba.
Esto no es una batalla legal aislada. Es parte de un proyecto político que busca despojar de legitimidad al movimiento LGTBI, invisibilizar sus luchas y desmantelar sus redes de apoyo.
El Constitucional, con esta decisión, ha marcado un límite. Pero la ofensiva continúa. Quedan vigentes otras partes de la reforma madrileña igual de nocivas, y sigue activa una estrategia de confrontación permanente contra los derechos de las personas trans y LGTBI. Mientras tanto, Ayuso se enorgullece de legislar como si el tiempo no hubiera pasado desde los años 90.
En una comunidad donde las agresiones LGTBIfóbicas siguen creciendo —solo en 2023 se denunciaron 49 ataques físicos en Madrid, según el Observatorio Madrileño contra la LGTBIfobia, con un subregistro evidente—, limitar la capacidad de respuesta jurídica es condenar a las víctimas al aislamiento. Es dejar vía libre al odio.
El tribunal ha salvado un derecho que no debería haber estado nunca en disputa. Porque los derechos no se negocian. Y no se retroceden. Ni un paso atrás.
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