Pero rechaza la petición de Iglesias para averiguar si la DAO investigaba a Podemos o sus dirigentes.
La Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional (AN) ha estimado parcialmente el recurso de apelación presentado por el ex vicepresidente del Gobierno y ex líder de Podemos, Pablo Iglesias para reabrir la investigación del llamado caso Dina para esclarecer si la cúpula policial estuvo implicada en alguna medida en el robo del teléfono móvil en 2015.
En un auto de este mismo miércoles, al que ha tenido acceso Europa Press, la Sección Tercera ordena al titular del Juzgado Central de Instrucción Número 6, Manuel García Castellón, retomar la investigación de esta pieza separada del caso Villarejo otorgándole una prórroga de dos meses.
Revoca así las resoluciones por las que el magistrado acordó poner fin a las pesquisas el pasado enero al considerar que habían llegado a un punto muerto, después de que expertos informáticos de la Policía Nacional determinaran que el daño sufrido por la tarjeta del teléfono móvil de Bousselham impedía averiguar quién y cuándo provocó los desperfectos.
La Sala de lo Penal ha accedido a que la DAO entregue “copia de los oficios o notas informativas relativos a la tarjeta del terminal telefónico de Dina Bousselham que haya remitido a dicho organismo José Manuel Villarejo entre el 1 de noviembre de 2015 y julio de 2016”.
La Sección Tercera argumenta que “no es esta la sede procesal adecuada para determinar las investigaciones policiales que, en las fechas de los hechos, pudieran haberse llevado a cabo sobre actividades de algunos miembros de Podemos, relacionadas con la financiación de este partido”.
“De existir alguna conexión entre esas posibles investigaciones y los hechos relativos a la tarjeta de Bousselham, debe ser suficiente para verificarla la diligencia cuya pertinencia se ha valorado anteriormente”, sostiene.
A su juicio, es “evidente” la procedencia de acoger parcialmente la solicitud del exjefe de Podemos, puesto que “se trata de datos de carácter personal, que han podido ser objeto de conductas delictivas de injerencia o revelación, cuyo alcance objetivo y subjetivo podría contribuir a esclarecer la diligencia solicitada”.
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