En 2020, la junta de tratamiento de la prisión se mostró, aunque no de manera unánime, contraria a concederle el tercer grado a Francisco Javier Almeida, pero este lo consiguió pidiendo la revisión de aquella decisión a Instituciones Penitenciarias, quien le dio la razón.
El presunto autor de la muerte de Álex, un niño de nueve años asesinado por síntomas compatibles con la asfixia el pasado jueves en Lardero, fue sometido desde que el juez le concedió la libertad condicional, el día 8 de 2020, a 16 “actuaciones de seguimiento” o entrevistas por trabajadores penitenciarios y una visita al piso de alquiler en el que vivía desde finales del año pasado y en el que presuntamente mató al pequeño, según señalan fuentes penitenciarias y recoge El País.
Durante las entrevistas, el acusado por el crimen, Francisco Javier Almeida López de Castro, justificó estar cumpliendo las condiciones impuestas por el juez que ordenó su libertad condicional y que incluían seguir unas reglas de conducta, residir donde había dicho y comunicar cualquier cambio, buscar trabajo y acudir a la oficina del Servicio Penas y Medidas Alternativas de la prisión de Logroño cada dos meses hasta 2023, fecha en la que se quedaría extinguida la pena de 25 años que se le fue impuesta por el asesinato y agresión sexual de una agente inmobiliaria en Logroño en 1998.
Durante los cinco primeros encuentros Almeida comunicó que había encontrado trabajo en una empresa de limpieza así como un cambio de horario de su jornada laboral. Además, presentó justificantes de estar pagando los 40 millones de pesetas (240.400 euros) a los familiares de la agente inmobiliaria, impuestos en aquella sentencia. A finales de ese año solicitó un cambio de domicilio, algo que el juez autorizó.
Entre enero y septiembre de 2021: 11 “actuaciones de seguimiento”
En 2021, el control sobre Almeida se intensificó. Entre enero y septiembre se produjeron otras 11 “actuaciones de seguimiento” y este mes de noviembre tendría lugar la duodécima. El presunto autor de la muerte del pequeño durante esas actuaciones un cambio de número de teléfono y, como en las ocasiones anteriores, presentó los justificantes de estar haciendo frente a la responsabilidad civil y entregó copia de su contrato laboral, de las nóminas que percibía y del pago del alquiler de su nuevo domicilio. En este periodo, un funcionario de prisiones se presentó por sorpresa en la vivienda de Lardero para comprobar que seguía cumpliendo los requisitos fijados por el juez y no detectaron nada sospechoso, según informaciones de El País.
En los dos meses que estuvo en semilibertad como durante el año y medio que disfrutó de la libertad condicional, el detenido presentó justificantes de estar haciendo frente al pago de la indemnización a los familiares de su anterior víctima, comenzó a buscar trabajo y se inscribió como demandante en las oficinas del SEPE. Cualquier incumplimiento durante este tiempo provocaría que el juez revocase a Almeida el beneficio penitenciario. Esto es lo que ocurrirá ahora, tras ser acusado de la muerte del menor. Es decir, los 18 meses que ha pasado en libertad condicional no se le descontarán de la condena.
Almeida cumplió prácticamente toda la condena por el asesinato de 1998 en segundo grado penitenciario en la prisión de El Dueso (Cantabria) y disfrutó de 39 permisos de salida sin registrar ningún incidente. En febrero de 2020, la junta de tratamiento de la prisión se mostró entonces, aunque no de manera unánime, contraria a concederle el tercer grado, pero Almeida lo consiguió pidiendo la revisión de aquella decisión a Instituciones Penitenciarias, quien le dio la razón.
De Cantabria a Logroño
Como primera consecuencia lo trasladaron al centro penitenciario de Logroño, el más cercano a su núcleo familiar, para que pudiera ser efectivo el cambio al régimen abierto. Tras este traslado, la junta de su nueva prisión volvió a evaluar la situación de Almeida y propuso al juez de vigilancia penitenciaria de La Rioja concederle la libertad condicional, al considerar que el recluso cumplía los tres requisitos fijados por el artículo 90 del Código Penal para poder acceder a ella: haber completado tres cuartas partes de su pena (lo había hecho en 2017), observar buena conducta y estar clasificado en tercer grado.
El juez pidió a la Fiscalía que emitiera un informe sobre la concesión de la libertad condicional y esta no se opuso. El 8 de abril de 2020, el magistrado dictó el auto en el que acordaba la excarcelación de Almeida para cumplir los tres años de condena que aún tenía pendientes. Ese mismo día, Almeida abandonaba la cárcel de Logroño.
Los presos en libertad condicional son controlados por trabajadores sociales de Instituciones Penitenciarias y por los llamados verificadores, una figura puesta en marcha en 2017 y que desempeñan funcionarios de prisiones, aunque no todas las prisiones cuentan con ellos. Es por ello que fuentes sindicales denuncian que “el personal adscrito a esta función es claramente insuficiente”.
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