El digital de Inda inventó que el secretario general de FACUA había sido condenado por llamar “tarada” y “mascota” a una empresaria.
La Audiencia Provincial de Madrid ha condenado por segunda vez a Okdiario y su director, Eduardo Inda, por negarse a publicar rectificaciones de informaciones falsas sobre el secretario general de FACUA-Consumidores en Acción, Rubén Sánchez.
El digital publicó una noticia en octubre de 2021 en la que inventaba que Sánchez había sido condenado por llamar “tarada”, “tramposa” y “mascota” a una empresaria dedicada a ofertar cursos de redes sociales asegurando ser asesora y profesora de la Policía y la Guardia Civil, la cuál tenía un largo historial de detenciones policiales y había estado más de tres años en prisión.
Ahora, en una sentencia dictada el 28 de abril y comunicada este martes a las partes, la Sección Decimonovena de la Audiencia condena a los demandados a difundir un texto de rectificación en Okdiario, “destacándose en la portada durante un día”, y a publicar “un tuit en su cuenta de Twitter y un mensaje en su página de Facebook, estos dos últimos con sendos enlaces a la rectificación” que publique el digital.
La Audiencia ha ratificado parcialmente la sentencia dictada el pasado 17 de diciembre por el Juzgado de Primera Instancia número 37 de Madrid, de manera que elimina fragmentos del texto de rectificación planteado por Sánchez.
“Con ésta van dos causas judiciales ganadas a Eduardo Inda por negarse a rectificar bulos sobre mí, que se suman a otras dos condenas contra Javier Negre por los mismos motivos y dos más a Luis Pineda por difamación”, ha asegurado Rubén Sánchez en redes sociales.
En la sentencia, los magistrados de la Audiencia también aceptan la publicación de un fragmento de la rectificación que afecta a FACUA, al entender, como hizo la jueza de primera instancia, que las alusiones realizadas a la asociación por la noticia de Okdiario calificándola de “podemita” y “afín a Podemos” perjudican también a su secretario general. Así, el digital tendrá que incluir en el texto de rectificación que Sánchez aclara que las citadas afirmaciones “no se ajustan a la realidad” y que “FACUA es una organización de consumidores independiente de todos los partidos políticos”.
“Al respecto, resulta indiferente que FACUA sea una persona jurídica distinta del demandante, quien efectivamente en la rectificación y en este pleito ha actuado exclusivamente en su propio nombre”, señaló en su sentencia la jueza Ana María Álvarez de Yraola. “Siendo un hecho ajeno al mismo está íntimamente legado con el mismo al ser evidente que los calificativos pretenden desprestigiar a la asociación y, con ello, a su portavoz, y porque, además, en su calidad de integrante de la misma tiene legítimo interés para realizar la afirmación del escrito de rectificación, por lo demás muy importante para una asociación de defensa de los consumidores, de que se trata de ‘una organización de consumidores independiente de todos los partidos políticos'”.
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