21 Nov 2024
POLÍTICA ESTATAL, PRINCIPAL

¿Son válidas las mociones de censura de PSOE y Más Madrid contra Ayuso? 

Desde Más Madrid y el PSOE defienden que sus mociones de censura contra Ayuso son válidas porque la disolución no se publica en el boletín oficial de la Comunidad de Madrid hasta hoy jueves

Los grupos parlamentarios del PSOE y Más Madrid registraron este miércoles sendas mociones de censura contra Isabel Díaz Ayuso, presidenta de la Comunidad de Madrid, tras el anuncio de convocatoria de elecciones anticipadas en la región.

La firma del decreto de disolución de la Cámara regional se presentó a las 12:00 y se publica hoy jueves en el boletín oficial de la Comunidad de Madrid, por lo que las mociones de censura presentadas no tendrían ninguna validez. Sin embargo, tanto Más País como el PSOE defienden que las mociones sí son válidas porque la firma del decreto de disolución de la Asamblea no se publica hasta hoy.

La guerra está servida, pues el PP dice que la Asamblea queda disuelta en cuanto se firma el decreto, aunque éste se publique al día siguiente en el BOCM. Fuentes jurídicas consultadas por este medio dan por hecho que se desarrollará una batalla legal que acabará resolviendo el Tribunal Constitucional. 

Además, desde Más Madrid y el PSOE señalaron que presentaron las mociones antes de que Ayuso enviase una carta, sobre las cuatro de la tarde, a Juan Trinidad, presidente de la Asamblea, para informar de su movimiento de convocar elecciones.

Ayuso

¿Qué dice la LOREG?

La LOREG (Ley Orgánica del Régimen Electoral General) marca en su punto 1 del artículo 42 que se debe publicar al día siguiente: “Los decretos de convocatoria se publican, al día siguiente de su expedición, en el Boletín Oficial” y “entran en vigor el mismo día de su publicación”. 

El punto dos del artículo 8 de la ley electoral de la Comunidad también expone que el decreto se debe publicar al día siguiente, cuando entra en vigor. “El Decreto de convocatoria, que será publicado al día siguiente de su expedición en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, fecha en la que entrará en vigor, señalará la fecha de las elecciones”, expone.

Sin embargo, José Manuel Vera, catedrático en Derecho Constitucional y editor de Constitución para todos señala en conversaciones con 20 Minutos que “no está en discusión que la disolución se ha presentado antes que la moción de censura” y que ha de primar el decreto de convocatoria de elecciones porque, en caso de que se admitiesen las mociones, “se impediría de facto que cualquier presidente regional pudiera disolver las cortes”.

“O lo hace en secreto o siempre se le daría la posibilidad a los partidos de la oposición de presentar una moción de censura, lo que conculcaría cualquier posibilidad fáctica de que se disolvieran las cortes”, añade el catedrático.

La derecha occidental de Ayuso

La explicación de Joaquim Bosch

Joaquim Bosch, Magistrado y portavoz territorial de Juezas y Jueces para la Democracia, ha explicado también su punto de vista a través de un hilo de Twitter. Según afirma, lejos de llevarse por simpatías partidistas, se trata de acoger unas reglas generales para el correcto funcionamiento de las instituciones y del propio sistema democrático” y señala que “esas reglas han de servir para todos los casos”.

La regulación de la disolución está en el artículo 21 del Estatuto de Autonomía y en los artículos 1 y 2 de la ley autonómica. La regla general es que el acuerdo de disolución impide la moción de censura. Por tanto, no cabría la censura ante un acuerdo de disolución adoptado.

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Se podría interpretar que la publicación de la disolución y su entrada en vigor sería lo que impediría el trámite de la moción de censura. Pero la ley no dice que sea la publicación lo que genera ese efecto, sino el acuerdo de disolución.

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Si la norma hubiera querido que la publicación impidiera tramitar la moción de censura, así lo hubiera regulado. Pero al referirse a la moción de censura, alude al acuerdo de disolución (a la validez del acto) y no a su publicación (a su eficacia).

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De hecho, el efecto al que alude la norma al referirse a la publicación es activar el calendario electoral, sin ninguna mención a la moción de censura y en un apartado distinto a esta. En el otro apartado sí que se refiere a la disolución como acuerdo que impediría la censura

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Los candidatos de la oposición

Más Madrid propone como candidata a la diputada Mónica García, y el PSOE aún no confirma si será el portavoz del partido en la Asamblea madrileña, Ángel Gabilondo. De hecho, José Manuel Franco, secretario general del PSOE madrileño, ha dicho en la SER que el partido está preparado para volver a ganar las elecciones aunque hay que decidir si Gabilondo “es el candidato o no”.