Da validez como prueba a los vídeos en los que cuatro miembros del grupo se grabaron abusando sexualmente de una chica mientras estaba “inconsciente”
Cuatro de los cinco miembros de La Manada abusaron de una joven en Pozoblanco, así lo refleja la nueva condena firme y definitiva, que ha adelantado CASO ABIERTO, el canal de investigación y sucesos de Prensa Ibérica.
El Tribunal Supremo ha rechazado revisar la condena a cuatro miembros de La Manada por los abusos a una joven en Pozoblanco, en Córdoba, en 2016, el mismo año de la violación a otra mujer en los Sanfermines, porque sus recursos no cumplen los requisitos y cuestionan la validez del vídeo que ya avaló la Audiencia Provincial.
A diferencia de lo ocurrido en el caso de Pamplona, cuya condena el alto tribunal elevó a 15 años de prisión para cada acusado, en esta ocasión la Sala de lo Penal no revisará sus recursos contra la sentencia relativa a los abusos de Pozoblanco, cometidos en mayo de ese año.
En una providencia dictada el 24 de junio y cuyo ponente ha sido el juez Manuel Marchena, la Sala de lo Penal del Alto Tribunal rechaza el recurso de los agresores y explica que no cabe «interponer recurso ordinario alguno» contra esta decisión.
«El Supremo da plena validez así a la condena primero del Juzgado de lo Penal número 1 de Córdoba y luego de la Audiencia Provincial, que declararon probado que José Ángel Prenda, Antonio Manuel Guerrero, Alfonso Cabezuelo y Jesús Escudero abusaron sexualmente de una joven cuando ella estaba «inconsciente» dentro de un coche y además lo grabaron en dos vídeos de 46 y 27 segundos de duración».
Guerrero y el vídeo
La Sala explica que están denunciando una supuesta infracción de derechos fundamentales que se estudia “al margen del cauce casacional permitido”, es decir, del procedimiento que analiza el Supremo, y recuerda que la Audiencia ya garantizó la validez de esa prueba, aportada con un “consentimiento prestado por todos y cada uno de los acusados”.
Estos vídeos fueron hallados en el móvil de Guerrero y la defensa de ‘La Manada’ había pedido que se anularan, algo que el Supremo ha rechazado porque «el Tribunal de apelación estimó la licitud de la prueba» y recuerda que los acusados consintieron expresamente en ceder sus teléfonos cuando fueron detenidos.
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