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El Tribunal Supremo se ha pronunciado con dureza contra la gestación subrogada.
El Tribunal Supremo ha considerado que los contratos de «gestación por sustitución comercial» entrañan un daño al interés superior del menor y una explotación de la mujer, que son «inaceptables», y los trata como «meros objetos».
En una sentencia, la Sala de lo Civil califica a la gestación subrogada de «atentado a la dignidad humana». Destaca el alto tribunal en este sentido que tanto los bebés como sus madres biológicas «son tratados como simples mercancías», sin embargo, advierten que las agencias que gestionan estos contratos «actúan y se publicitan libremente en España» a pesar de que es una práctica prohibida por la ley.

«Pese a los convenios internacionales y las disposiciones legales que declaran la nulidad de pleno derecho de esta práctica y proscriben la publicidad atentatoria a la dignidad de la persona, la realidad es que las agencias de intermediación actúan y se publicitan libremente en España, y que el niño nacido en el extranjero fruto de una gestación subrogada comercial entra en España y acaba integrado de manera estable en un núcleo familiar de facto», denuncia el Supremo.
El tribunal insiste en que estos contratos tratan a la mujer y al bebé como «meros objetos, no como personas dotadas de la dignidad propia de su condición de seres humanos y de los derechos fundamentales inherentes a esa dignidad».
El Supremo ya dijo en 2013 que los contratos de gestación subrogada son nulos de pleno derecho, contrarios al orden público español y vulneran los derechos fundamentales tanto de la mujer como de los bebés.
La Sala Primera de lo Civil del Supremo ha hecho estas consideraciones en una sentencia sobre un recurso de casación interpuesto por el Ministerio Fiscal contra una sentencia en la que se había declarado la filiación materna de una mujer que no es la madre biológica de un niño nacido por gestación por sustitución en México. Esa gestación se encargó mediante un contrato realizado por una agencia mediadora.
A pesar del duro pronunciamiento del tribunal, se ha reconocido la posibilidad de que esa mujer adopte al niño, pues convive con él y conforman una familia de facto. Se trata de una decisión, precisa el Supremo, que persigue satisfacer el interés superior del menor como exige el Tribunal Europeo de Derechos Humanos.
Ahora bien, insiste el TS en que se intenta al mismo tiempo «salvaguardar los derechos fundamentales» de las madres gestantes y de los niños en general que son «dignos de protección».
«Estos derechos resultarían gravemente lesionados si se facilitara la actuación de las agencias de intermediación en la gestación por sustitución porque estas pudieran asegurar a sus potenciales clientes el reconocimiento casi automático en España de la filiación resultante del contrato de gestación subrogada, pese a la vulneración de los derechos de las madres gestantes y de los propios niños, tratados como simples mercancías, y sin siquiera comprobarse la idoneidad de los comitentes para ser reconocidos como titulares de la patria potestad sobre el niño», concluye.
La parte oscura de la gestación subrogada en Ucrania
Ucrania es uno de los epicentros de la gestación por sustitución de la mano de la empresa BioTexCom, una de las mas grandes del sector.
Este camino es casi obligatorio para muchas mujeres ucranianas como forma de paliar la pobreza estructural
A la situación de pobreza que sufre el país, se suma una laxa legislación. La actividad comercial está autorizada, pero la gestación por sustitución y la donación de óvulos carecen de regulación. Las madres de alquiler no están amparadas legalmente, en particular si el embarazo da algún problema.
La indefensión jurídica a veces alcanza incluso a los bebés explican en un reportaje en RTVE: «Brizzy fue prematura. Nació con 870 gramos de peso y sufrió daño cerebral. La pareja estadounidense para la que había sido concebida la abandonó al conocer su discapacidad. Marina, su cuidadora, ha visto en Facebook unas fotos de los padres de Brizzy que la han escandalizado».
«No hay nada empoderante en someterte a un tratamiento de reproducción asistida muy agresivo y que no siempre es exitoso a la primera y que, sobre todo, no necesitamos para nosotras mismas, esto es de locos, es como si a tu padre le duele la cabeza y el médico te manda a ti que te tomes un ibuprofeno. No es nada liberador someterse a un tratamiento que acarrea graves riesgos para la salud a corto y largo plazo y que incluye terapias de desapego y desvinculación de la criatura que está creciendo en nuestro vientre», explicaba Ana Trejo Pulido en una entrevista para Contrainformación.
«Los contratos de subrogación empoderan tanto como los contratos de esclavitud, es decir, cero, por ese motivo los Estados que prohíben la subrogación, como el español y que son la mayoría de los países del mundo, los considera nulos de pleno derecho. No existe el derecho a esclavizar, por lo tanto, no debería existir el derecho a explotar a las mujeres reproductivamente, no podemos hacer un derecho de la indignidad», añadía.
«No es nada liberador ni empoderante parir a tu bebé y entregarlo nada más nacer, a unos completos desconocidos. Es un tremendo dolor para las mujeres parir bebés muertos, que no estarán jamás en sus vidas y un tremendo dolor para los bebés nacer huérfanos de madre, esto es mi más ni menos la subrogación», concluía.
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