Esta es la tercera condena contra Rodrigo de Santos después de las que ya cumplió en Palma por malversación y abuso de menores.
La Audiencia Provincial de Madrid ha condenado al exconcejal del PP Rodrigo de Santos a dos años de cárcel, muy lejos de los más de 90 que reclamaban para él las acusaciones particulares y los 20 que pedía la Fiscalía. Según el fiscal, los hechos tuvieron lugar entre febrero y julio de 2017, cuando el acusado “prevaliéndose de su condición” de coordinador en una fundación de ayuda, agredió a dos reclusos.
El exmiembro del PP ha sido acusado de un delito de abuso sexual a un preso en el marco de la colaboración que prestaba a través de la ONG Fundación Padre Garralda, donde colaboraba desde 2004 como asesor jurídico. En el juicio, el acusado manifestó que “jamás” mantuvo relaciones sexuales con presos de la ONG Padre Garralda-Horizontes Abiertos, en Vallecas, y aludió a “prejuicios” contra él por sus antecedentes penales.
La Sala absuelve al exedil de Urbanismo de Palma de los delitos contra la libertad e indemnidad sexual y agresión sexual de los que también estaba acusado tras las denuncias presentadas por dos reclusos. «Es posible que sucediera, pero no estamos en condiciones para declararlo probado», señala el tribunal ante la inconsistencia en la declaración del principal denunciante.
Esta resolución aún no es firme y puede ser recurrida ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid.
Reincidente
Esta es la tercera condena contra Rodrigo de Santos después de las que ya cumplió en Palma. En marzo del 2008 De Santos se vio envuelto en un escándalo relacionado con la malversación de más de 52.000 euros de fondos públicos del Ayuntamiento de Palma. La mayor parte del dinero habría sido gastada por De Santos en prostíbulos masculinos (la mayoría de Mallorca) y en drogas. De Santos utilizó su adicción a la cocaína como principal “excusa” para malversar.
El 28 de octubre de 2009, Rodrigo de Santos fue condenado por el Tribunal Superior de Justicia de Baleares a 13 años y seis meses de cárcel por abusos sexuales a menores. La sentencia de la Audiencia Provincial describe como hechos probados los continuos abusos por parte de De Santos de tres hermanos, dos menores, de 14 y 16 años, y uno mayor de 18 años.
Sus víctimas fueron inmigrantes menores vinculados al movimiento católico Camino Neocatecumenal en el que él colaboraba y su esposa era catequista, y donde las víctimas tenían en las actividades de la parroquia casi su único vínculo de integración, según resalta la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Baleares.
La sentencia del 28 de octubre de 2009 censuraba que De Santos intentara politizar su caso insinuando durante el juicio que la familia de las víctimas “podría haber sido utilizada o manipulada por alguno de los enemigos que De Santos pudiera haber hecho por las decisiones tomadas en su época como regidor delegado de Urbanismo en el Ayuntamiento”.2
Tras la sentencia, el abogado de De Santos, José Ignacio Herrero, recurrió el caso ante el Tribunal Supremo, y en julio del 2010 el Tribunal Supremo rebajó de 13 años y medio a cinco años de prisión la condena que le impuso la Audiencia de Baleares. La sentencia del Supremo, de la que fue ponente el magistrado Adolfo Prego, absolvió a De Santos de uno de los delitos de abuso sexual con penetración anal de un menor de 14 años y de otro que no se consumó. Adolfo Prego le absolvió de dos de los delitos al estimar no acreditada la falta de consentimiento por parte las víctimas. En opinión de Prego, “no aparece en el hecho probado nada que lleve a considerar que un consentimiento de ese alcance se obtuviera por el acusado prevaliéndose de una situación de superioridad manifiesta que coartase la libertad de la víctima”.
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