Criminalizar el sindicalismo: el Supremo ratifica la condena a las activistas de ‘Las 6 de la Suiza’
Una sentencia que pone en riesgo el derecho a la protesta sindical en un clima represivo
El Tribunal Supremo ha confirmado la sentencia que condena a 3 años y 6 meses de prisión a las seis personas de CNT Xixón implicadas en el caso conocido como ‘Las 6 de la Suiza’. La resolución, fechada en julio de 2024, ratifica las decisiones previas de la Audiencia Provincial de Asturias y de un Juzgado de lo Penal, convirtiendo en firme una condena que cobra dimensiones alarmantes para la acción sindical en el país. El fallo impone, además, el pago de 125.428 euros al propietario de la pastelería, responsabilizándolo de un supuesto perjuicio derivado de un acoso que culminó en el cierre del negocio.
SENTENCIA Y REPERCUSIÓN
La sentencia se apoya en la interpretación de hechos que vinculan a las activistas con actos de presión continuada contra el empresario de La Suiza, un establecimiento que llevaba 1 año en venta cuando se desencadenaron los acontecimientos. Los hechos, que se sucedieron entre mayo y septiembre de 2017, incluyen la convocatoria de 14 concentraciones en la puerta del local –de las cuales 10 se comunicaron previamente a las autoridades–, la distribución de panfletos y la difusión de un vídeo en el que se denunciaba al propietario por acoso laboral y sexual. Según el Tribunal, la reiterada presión ejercida por las y los sindicalistas fue la causa directa del cierre del negocio, lo que constituye el fundamento para calificar estas acciones como delitos continuados de coacciones graves y obstrucción a la administración de justicia.
La gravedad de la condena resulta especialmente inquietante al considerar que las actividades señaladas se enmarcan en el ejercicio de la libertad sindical. Las y los implicadxs argumentaron que su acción se circunscribió a la defensa de derechos laborales, en el contexto de una negociación por un caso de acoso sexual denunciado por una extrabajadora, cuyo expediente fue archivado por falta de pruebas. No obstante, el fallo judicial desestima esta defensa y subraya que las concentraciones y el boicot ejercido contra el empresario se convirtieron en un instrumento de presión desproporcionado y reiterado. El Supremo recalca que el cierre del establecimiento fue consecuencia directa de esta campaña de acoso, una interpretación que envía un mensaje claro sobre los límites que, según la judicatura, no pueden sobrepasar las actividades de protesta sindical.
El fallo no es un hecho aislado. La sentencia, redactada en 57 páginas, insiste en que los hechos probados constituyen una cadena de acciones que, al sumarse, configuran una conducta delictiva. Así, cada una de las activistas afronta dos condenas acumulativas –2 años por el delito de coacciones continuadas y 1 año y 6 meses por obstrucción a la justicia–, sin dejar de lado la indemnización civil. Este enfoque judicial, que opta por la pena de prisión en lugar de sanciones menos severas previstas en el artículo 172 del Código Penal, ha suscitado una crítica feroz por parte de las organizaciones sindicales, que consideran que la medida busca debilitar la capacidad de protesta de las y los trabajadoras y trabajadores.
La interpretación de los hechos se centra en la idea de que concentrarse, repartir octavillas y manifestarse de forma ordenada constituye, en condiciones normales, una acción legítima de reivindicación. Sin embargo, el Tribunal Supremo ha decidido que, en este caso, la acumulación de dichos actos, en el contexto de un conflicto laboral, se transformó en un mecanismo de presión que dañó irreparablemente al propietario. El fallo pone en entredicho la línea que separa el ejercicio legítimo de la protesta de la criminalización del activismo sindical, dejando entrever que el sistema judicial podría estar dispuesto a utilizar estas condenas como instrumento de control social.
BATALLA JUDICIAL Y RESISTENCIA
El caso La Suiza trasciende el ámbito de un conflicto puntual y se erige como un símbolo de la lucha contra la criminalización de la acción sindical en un sistema que privilegia intereses económicos por encima del derecho a la protesta. La condena, que se emitió en junio de 2021 por el controvertido juez Lino Rubio Mayo, ha sido interpretada por las organizaciones sindicales como un claro atentado contra la libertad de expresión y el derecho de reivindicación de las y los trabajadoras y trabajadores. Hacer sindicalismo no es delito; esta afirmación, repetida en múltiples concentraciones y movilizaciones –como las celebradas en 2022 y el 19 de junio en Madrid– se ve hoy amenazada por una sentencia que podría sentar un peligroso precedente.
Desde la CNT y otras organizaciones amigas, la condena se ha denunciado como una estrategia del sistema para generar un “efecto desaliento” antisindical. Las y los sindicalistas argumentan que, si en este caso se condena a las activistas por concentrarse, repartir panfletos y utilizar redes sociales para convocar protestas, cualquier forma de manifestación podría ser juzgada de manera similar en el futuro. Este fallo, en el que se destaca que la presión ejercida fue “constante, reiterada y desproporcionada”, representa un ataque directo a la labor que defiende el derecho de las y los trabajadoras y trabajadores a organizarse y reclamar condiciones laborales justas.
La respuesta de la CNT ha sido contundente. Ante lo que consideran un ataque al sindicalismo y una agresión a la libertad de protesta, la organización ha anunciado que recurrirá en todas las instancias posibles, tanto a nivel nacional como ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos. La campaña de solidaridad –que ya contó con movilizaciones multitudinarias en diversas ciudades– no cesa, y el mensaje central se mantiene firme: Hacer sindicalismo no es delito. Esta lucha se enmarca en un contexto más amplio de crítica al modelo capitalista, en el que el poder económico y la protección de intereses privados parecen prevalecer sobre el derecho colectivo a la protesta.
El camino judicial aún no se cierra del todo. Aunque la sentencia es firme ante los recursos ordinarios, quedan abiertas las vías del recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional y, en su caso, ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos. Esta posibilidad legal evidencia que, a pesar de la apariencia de inamovilidad de la sentencia, las y los activistas cuentan con herramientas para seguir defendiendo su derecho a la protesta y la acción sindical. Sin embargo, la posibilidad de que esta sentencia se materialice en el ingreso en prisión de las y los involucradxs se cierne como una amenaza real, dadas las previsiones del artículo 80.1 y 80.2 del Código Penal, que establecen que, si la pena supera los 2 años de prisión, lo habitual es que no se suspenda la ejecución.
La decisión del Supremo es, en esencia, un reflejo de un sistema judicial que se muestra intransigente ante cualquier manifestación de disidencia y que, en última instancia, parece dispuesto a criminalizar la protesta en nombre de una supuesta protección del orden y la economía. Cada detalle –desde las 14 convocatorias registradas hasta la exigencia de abonar 125.428 euros en concepto de indemnización– se configura como parte de un engranaje represivo que busca desarticular la labor sindical.
La realidad es que el mensaje es inequívoco y se carga de una denuncia social que trasciende lo individual: la justicia, en este caso, actúa como un instrumento de control sobre la acción sindical, convirtiendo en delito lo que legítimamente debería ser un acto de reivindicación colectiva. La sentencia se erige como un recordatorio amargo de que, en el entramado del poder y del capital, incluso la protesta organizada puede ser sometida a las reglas de un sistema que privilegia los intereses económicos sobre la dignidad y los derechos de las y los trabajadoras y trabajadores.
La lucha continúa en cada calle, en cada plaza y en cada red social, donde la voz de quienes defienden la justicia laboral se alza con la convicción de que Hacer sindicalismo no es delito. La resistencia persiste, en cada palabra y en cada acto, en contra de una sentencia que pretende silenciar la protesta y subyugar la esencia misma del sindicalismo. La batalla es de todas y todos.
Nadie quiere a Abascal
Un centenar de cargos y excargos críticos de Vox se rebelan contra el líder de Vox
Criminalizar el sindicalismo: el Supremo ratifica la condena a las activistas de ‘Las 6 de la Suiza’
Una sentencia que pone en riesgo el derecho a la protesta sindical en un clima represivo
Die Linke: la juventud no es para la ultraderecha
Una respuesta contundente ante la complicidad de un sistema que facilita el ascenso del fascismo
Vídeo | ¿Quién está tras Abogados Cristianos?
El caso contra Héctor de Miguel no es aislado, sino parte de una estrategia mayor de grupos ultracatólicos para influir en la política